Miércoles, 18 de Abril de 2012 07:17
Ese análisis lo realizó la mencionada Fundación a solicitud del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), a raíz de que el Tribunal Contencioso Administrativo condenó al Estado, al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y a Industrias Infinito, a la reparación integral de los daños causados por el proyecto de minería de oro. La Procuraduría General de la República también solicitó que se hiciera esa valoración.
Desde Industrias Infinito, la vocera Yokebec Soto calificó el estudio como “meramente especulativo, pues la empresa no permitió ni va a permitir la entrada a esta u otra organización a las fincas del proyecto”. Añadió que “los únicos que pueden valorar los daños ambientales -si es que estos existen- son los peritos que designe el juez ejecutor de la sentencia”.
La periodista enfatizó que esa valoración “no tiene ninguna validez dentro del proceso” y destacó que la empresa ha sembrado “más de 115 mil árboles nativos en su programa de regeneración, en un total de 70 hectáreas”. Además descalificó a la Fundación Neotrópica porque “se ha manifestado en contra del proyecto en varias oportunidades”.
RESPONSABILIDAD
El estudio en mención fue presentado en una conferencia de prensa llevada a cabo el pasado 13 de abril, en las instalaciones del MINAET.
En ella Bernardo Aguilar, director ejecutivo de esa Fundación, detalló que el análisis tomó en cuenta aspectos como el conflicto socioambiental generado y las características socioeconómicas de la región.
También se refirió al hecho de que la empresa no les permitió la entrada, por lo cual usaron unas fotografías aéreas realizadas en febrero de este año por la organización no gubernamental (ONG) Calm Air Visibility Unlimited (CAVU).
Al mostrar las fotos, Aguilar expresó que “en el sitio hay actividad, pues en ciertas partes no crece vegetación”. Al mismo tiempo, llamó la atención al hecho de que en algunas de las fotografías se evidencia tala, aunque dijo no poder precisar si se trata de terreno perteneciente o usufructuado por Industrias Infinito. La empresa por su parte negó “categóricamente” que se tratara de un área dentro del proyecto Crucitas.
El punto de partida de los daños estudiados es una resolución del Área de Conservación Arenal Huetar Norte, que permitió el cambio de uso de suelo en el sitio. UNIVERSIDAD consultó a Aguilar si ese punto de inicio no debería ser el decreto del expresidente Óscar Arias que permitió la tala de especies vedadas y que antecedió en 15 días a la mencionada resolución.
El especialista recordó que dicha resolución y decreto formaron parte de una serie de actos jurídicos de la administración Arias, que abrieron el camino a la mina, que incluyeron el otorgamiento de la concesión y la viabilidad ambiental que abarcó modificaciones del diseño del proyecto, otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA).
Sin embargo, ante la pregunta de si hubiera sido posible emitir la resolución sin el decreto, Aguilar respondió que “técnicamente al parecer no, porque la declaración de interés público autorizó la tala de especies vedadas”.
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